Y adivino que eso no es fácil :-)
// ecemaml
2013/2/13 david dvd@enlloc.org
Sí, sería una obra derivada de la obra original, si esa tiene los derechos vigentes y reservados no se puede hacer. Nos encontramos con este tipo de situaciones con el proyecto wikiArS, cuando estudiantes de arte hacen retratos de personas fallecidas documentándose con fotos y vídeos. Tienen que ser capaces de hacer un retrato que no esté basado en ninguna de ellas, tienen que captar el aspecto del personaje pero sin versionar ninguna foto en particular.
Saludos.
Dvdgmz
El dc 13 de 02 de 2013 a les 16:55 +0100, en/na ecemaml @ es.wikipedia va escriure:
(Mi opinión, sin ser jurista ni experto en propiedad intelectual) Eso es
lo
que se conoce como obra derivada. Una obra derivada suma el copyright de
la
obra original y la del autor de la obra derivada. Conclusión, aunque el autor de la obra derivada puede ceder sus derechos de explotación, el copyright del original permanece... Siempre se puede argumentar que realmente se trata de un nuevo trabajo que no se deriva del original,
pero
eso siempre es complicado.
// ecemaml
2013/2/13 hardland hardland@gmail.com
Una pregunta tal vez muy ingenua e impractica... pero tal vez no.
Si uno tiene por ejemplo la fotografía del Señor XX que estaría en dominio público aquí y no allá, y por eso no la podemos hacer más... pero el Wikipedista Y tiene habilidad con el dibujo y hace un dibujo mirando la fotografía y luego lo escanea (no procesamiento digital de la imagen, sino un dibujo como si fuera copia al natural, pero para el caso copia de la fotografía), y sube la imagen resultante diciendo que es suya (que creo que lo es)... ¿no podríamos resolver sobre todo unas cuántas imágenes de biografías y cosas así?
un abrazo
Guillermo
On 2/12/13, ecemaml @ es.wikipedia ecemaml@gmail.com wrote:
En cuanto tenga el material preparado (caso español, pero vale para cualquiera) suscitaré el asunto en el café de commons. No solo
afecta a
España, sino a cualquier país.
Mi sugerencia será, en primer lugar, etiquetar claramente en commons
los
materiales que están en el dominio público en España (o México, o
Argentina
o...) pero no en Estados Unidos. A continuación preguntaré qué es lo
que
se
puede hacer. El comunicado de la WMF excluye la posibilidad de que
sea
commons quien use alguna triquiñuela para hacerlo. A partir de ahí
existen
varias posibilidades:
- Que las comunidades locales se hagan cargo '''solo''' de ese
tipo de
contenidos. Para ello deberán definir una Exemption Doctrine
Policy
(véase aquí:
http://wikimediafoundation.org/wiki/Resolution:Licensing_policy
).
Sin embargo, habría que consultar a la WMF acerca de si este tipo
de
contenidos podrían ampararse, de forma genérica, en dicha
excepción
(me
da a mí que no)
- Que las comunidades locales acepten, mediante la política de
doctrina
de excepción citada en el punto anterior, materiales bajo "fair
use".
Sin embargo, el fair use (que no se entiende como un coladero) no
ampararía,
ni de lejos, a todos los contenidos que ya no son válidos en commons (véanse las condiciones en
http://en.wikipedia.org/wiki/Wikipedia:Fair_use).
Lo
bueno sería que además de estos contenidos se podrían aceptar
otros
que
hasta ahora no podíamos usar (carátulas y demás).
Las dos posibilidades tienen el inconveniente de que habría que
volver a
hacerse cargo de la gestión de material gráfico, algo que se desvió
hacia
commons y que actualmente no sobrecarga las capacidades de gestión
de las
comunidades locales.
Desconozco si la tercera posibilidad obvia (que cada capítulo abra un pequeño fork de commons en el que albergara exclusivamente
materiales que
de acuerdo a su legislación local están en el dominio público).
Aparte de
la complejidad técnica y del hecho de que los capítulos se
convertirían
en
entidades que tendrían que administrar una infraestructura, creo que deberían ser estos quienes consultasen a la WMF si es una opción
válida.
Personalmente te diré que el comunicado de la WMF me ha parecido muy decepcionante porque, en el fondo, no propone ninguna solución y
parece
que
quiere pasar de puntillas sobre el tema.
Seguiremos informando.
Un saludo
// ecemaml 2013/2/12 Salvador A salvador1983@gmail.com
Esto es grave y preocupante.
Recuerdo que alguna vez en el café se discutió sobre ello, ¿Se
llegó a
algún consenso sobre que hacer con las imágenes que seguramente se intentarán borrar?
¿Algún capítulo, institución o universidad podrá ofrecer algún
espacio
para almacenar dichos recursos mientras vemos la forma legal de
utilizarlas?
El 12 de febrero de 2013 13:44, ecemaml @ es.wikipedia ecemaml@gmail.comescribió:
Claro. De hecho, si tenéis abogados que puedan ofrecer alguna interpretación alternativa (en caso de que exista) sería
estupendo.
Un saludo
// ecemaml
2013/2/12 Santiago Navarro Sanz wikimillars@hotmail.com
> > Gracias por informar de esto. ¿Puedo reenviar el correo a la
lista
de
> socios de WMES? > > Santi > > > Date: Tue, 12 Feb 2013 14:28:35 +0100 > > From: ecemaml@gmail.com > > To: wikies-l@lists.wikimedia.org > > Subject: [Wikies-l] URAA > > > > Para vuestra información. Parece que la WMF ha emitido un > > comunicado > sobre > > la aplicación de la URAA a commons (véase en > > >
http://meta.wikimedia.org/wiki/Legal_and_Community_Advocacy/URAA_Statement
> ). > > > > Aunque aún no tengo claro su aplicabilidad en los países hispanohablantes > > de América, la situación en relación a España significa que,
más o
menos, > > todo el material que había entrado en el dominio público en
España
cuya
> > fecha de publicación es posterior al 1 de enero de 1923 ya no
es
> compatible > > con commons (aún sin terminar, el análisis, bastante simple,
por
cierto, > > está en http://commons.wikimedia.org/wiki/User:Ecemaml/URAA-Espa%C3%B1a > ). > > En cuanto termine este y consiga traducciones en catalán,
gallego
y
> euskera > > (son las wikipedias más afectadas por lo que pueda pasar con
el
material > > español), así como en inglés, me pondré a analizar el resto de > > jurisdicciones (si alguien quiere hacerlo es más que
bienvenido).
> > > > Un saludo > > > > // ecemaml > > _______________________________________________ > > Wikies-l mailing list > > Wikies-l@lists.wikimedia.org > > https://lists.wikimedia.org/mailman/listinfo/wikies-l > > _______________________________________________ > Wikies-l mailing list > Wikies-l@lists.wikimedia.org > https://lists.wikimedia.org/mailman/listinfo/wikies-l > _______________________________________________ Wikies-l mailing list Wikies-l@lists.wikimedia.org https://lists.wikimedia.org/mailman/listinfo/wikies-l
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